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Klinamen :: Portal por la autogestión editorial - El Supremo rebaja los castigos por el asesinato del compañero Roger Albert en las fiestas de Gràcia

    
 
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 El Supremo rebaja los castigos por el asesinato del compañero Roger Albert en las fiestas de Gràcia

954  visita/s |31 de Octubre del 2008 [12:00]

El tribunal absuelve a un acusado y reduce de 15 a 11 años la condena del otro y los magistrados tumban la decisión del TSJC de anular la primera sentencia

    No será juzgado de nuevo. El skin Emilio Cortés fue exculpado en el 2006 por un jurado popular y después por un magistrado de la Audiencia de Barcelona de la muerte del okupa Roger Albert el 15 de agosto del 2004, durante las fiestas de Gràcia. Meses después, El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) anuló esa sentencia y ordenó que se repitiera el juicio contra este imputado, pero ahora, el Tribunal Supremo ha rechazado esta posibilidad. Ante ello, Cortés ha quedado absuelto y solo ha sido condenado su compañero Aitor Dávila, aunque el alto tribunal español le rebaja la pena de 15 a 11 años de cárcel.

    Roger Albert recibió una cuchillada en el cuello cerca de la estación del metro de Fontana. El joven okupa falleció tras estar cuatro meses en coma en el hospital. Al conocerse su muerte, los colectivos alternativos se movilizaron y el 23 de diciembre del 2004, una manifestación acabó en una batalla campal en la plaza de Sant Jaume. Unos 200 jóvenes okupas violentos que participaban en la protesta arrasaron la plaza y las calles contiguas, rompiendo el pesebre municipal.

    El Ayuntamiento de Barcelona cifró en 200.000 euros los daños causados.

    Dos años después, en noviembre del 2006, se sentaron en el banquillo de los acusados y frente a un jurado Aitor Dávila y Emilio Cortés, para quien el fiscal reclamó 19 años de cárcel por el asesinato de Roger Albert. El primero, según la acusación pública, clavó un cuchillo, proporcionado por el otro imputado, a la víctima. Los testigos los identificaron e insistieron en el que ataque fue muy rápido.



    Aitor Dávila (izquierda) y Emilio Cortés, en el banquillo, en el 2006.

    HOMICIDIO Y NO ASESINATO

    Sin embargo, el jurado popular declaró solo culpable por homicidio y no por asesinato a Aitor Dávila, para quien, además pidió que se propusiera al Gobierno su indulto, y exculpó al otro imputado, Cortés.

    La fiscalía cuestionó al magistrado que dirigió el juicio --que impuso a Dávila 11 años de cárcel-- por no devolver al jurado el objeto del veredicto para que decidiese sobre la culpabilidad o no de Cortés, dado que este aspecto no se llegó a valorar ni a votar. Por esta razón, en caso llegó al TSJC, que en septiembre del 2007 decidió que se debía repetir el juicio contra este acusado por un defecto de forma e incrementó la pena para Dávila a 15 años de prisión. Sin embargo, ahora, el Tribunal Supremo dice que no es procedente la repetición, argumentando razones procesales y técnicas, absuelve a Cortés y rebaja de nuevo la pena a Dávila a 11 años de cárcel . En la sentencia rechaza las tesis del TSJC.

    extraido de El Periodico [Catalunya].




 







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